Con el tema de “La prevención del fraude externo cometido
con identidades falsas y usurpadas”, resumiré el análisis efectuado en los
ocho primeros capítulos de este trabajo dedicado a la prevención del fraude.
En el capítulo primero vimos como
el fraude podía ser estudiado desde su autoría o desde su objeto. Nosotros lo
comenzamos a estudiar desde la autoría, dedicando el primer bloque de temas
(los nueve primeros capítulos) al fraude que se comete con identidad falsa o usurpada. Ésta modalidad delictiva ha de ser el
primer objetivo de prevención de cualquier empresa financiera, puesto que este
tipo de fraude afecta a la supervivencia del negocio.
Estudio del Fraude > Atendiendo a su Autoría > Fraude Externo > Fraude cometido con identidad falsa o usurpada
Existe por tanto una primera
obligación preventiva, la de asegurar la
identificación de las personas físicas y jurídicas con las que la empresa
financiera pretenda operar. De no ser así,
estará poniendo gravemente en riesgo su propia actividad productiva.
Cuando se cometen fraudes con
identidades falsas o usurpadas, la empresa victimizada termina desconociendo a
sus verdaderos autores, y por tanto le resulta
imposible poder proceder contra ellos. La consecuencia inmediata de este hecho es
que perjuicio ocasionado por el fraude se
convierte “ipso facto” en una pérdida.
Pero junto al perjuicio económico
inmediato, existen otras tres razones que obligan a las entidades financieras a
prevenir de forma especial este tipo de fraudes:
Primera: Por la especial diligencia que deben poner las entidades
financieras en la identificación formal de sus clientes, puesto que así lo
exige la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales y de la
financiación del terrorismo.
Segunda: Porque las identificaciones efectuadas de forma incorrecta
pueden dar lugar a responsabilidades penales y administrativas.
Tercera: Porque las suplantaciones de identidad suponen siempre un coste reputacional, que en ocasiones resulta
superior al perjuicio económico sufrido.
LA PREVENCIÓN DEL FRAUDE DE IDENTIDAD
La prevención del fraude de identidad resulta posible mediante medidas
organizativas que controlen los procesos
que afectan al conocimiento de los clientes.
El conocimiento de los clientes obliga
a toda la empresa, y no sólo por imperativo legal sino, sobre todo, por pura
necesidad empresarial, y ese conocimiento empieza con la identificación de los
mismos, que es misión encomendada a los empleados de los departamentos que
están en contacto directo con ellos.
Como esta es una obligación que
impele a toda la empresa, debería estar establecida por la Alta dirección a
través del GOBIERNO CORPORATIVO. En este documento quedarían referenciadas las
normas que gestionarán el conocimiento de los clientes, así como la estructura
de control que asegurará su cumplimiento.
En los temas anteriores he defendido,
por razones de economicidad y homogeneización, que la normativa interna relativa al conocimiento
de los clientes debería sincronizarse con la normativa externa de prevención
del blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo, evitando así una duplicación de servicios. Así también se
rentabilizaría mucho mejor ésta estructura de cumplimiento.
Aunque la terminología que estoy
utilizando proceda de la legislación sobre prevención del blanqueo de capitales
y de la financiación del terrorismo, las entidades financieras han de
utilizarla con un criterio más amplio, que
tiene que ver con la actividad general y organizativa de la empresa financiera.
El conocimiento de los clientes pasa a ser así, un objetivo
estratégico de la empresa.
En un mundo globalizado como el
actual, donde la empresa financiera no está normalmente en contacto directo con
los clientes, el conocimiento de los mismos ha de constituir el requisito necesario para poder establecer con seguridad, relaciones de negocio y operaciones.
Sin este conocimiento, se pondrían en peligro la actividad económica y las
obligaciones de cumplimiento.
Para conseguir este conocimiento,
las empresas financieras han de establecer los filtros que aparecen en el esquema:
La primera información que recibe la empresa de sus clientes son
los datos de identidad y los datos de solvencia. Son, por
tanto, los primeros datos críticos que deben ser controlados, mediante los
filtros:
- COMPROBACIÓN DE LA IDENTIDAD
- COMPROBACIÓN DE LA SOLVENCIA
Hasta ahora nos hemos centrado
operativamente sólo en el filtro de la comprobación de la identidad, que sirve para
prevenir el fraude cometido con identidades falsas o usurpadas. En el siguiente
bloque de estudio nos centraremos en la comprobación de la solvencia, para
evitar así el fraude que comenten los clientes con su propia identidad.
El resultado de esta verificación
documental a través de ambos filtros, conformará
la INFORMACIÓN PASIVA que alimentará
la BASE DE DATOS DE CLIENTES.
Pero para que ésta información
pasiva sea valiosa ha de contar con dos cualidades imprescindibles: CALIDAD y PROPORCIONALIDAD.
La calidad y la proporcionalidad
de los datos han de conseguirse durante el establecimiento de las relaciones de
negocio. Es por ello por lo que los empleados que están en contacto directo con
los clientes han de recibir una formación especializada en esta materia, según
hemos visto en los temas anteriores.
El conocimiento de los clientes se
completa mediante otros dos filtros internos:
- EL SEGUIMIENTO DE LA OPERATIVA DE ESTOS CLIENTES
- EL CONTRASTE DE LA OPERATIVA REAL, CON LA OPERATIVA DECLARADA POR LOS CLIENTES
Los datos obtenidos de los
clientes a través de su operativa, y su contraste con lo declarado en el inicio
de la relación, conforman su INFORMACIÓN ACTIVA, que se cederá también a la
BASE DE DATOS DE CLIENTES, con lo que se completará el conocimiento de los
mismos.
La BASE DE DATOS DE CLIENTES
concentra, por tanto, la información pasiva y la información activa de los
mismos, convirtiéndose así en uno de los principales activos de la empresa que
permiten una mejor rentabilización.
La rentabilización de la BASE DE
DATOS DE CLIENTES se perfecciona cuando todos los departamentos de la empresa,
los productivos, los de gestión y los de cumplimiento, colocan sus respectivas plataformas
tecnológicas en el sistema que controla la base de datos, y se benefician así
de la información para sus trabajos en relación con los clientes.
Para que funcione perfectamente
todo este mecanismo, la empresa ha de planificar primero, y establecer
internamente después, la norma y los procedimientos que obliguen a todos los
empleados y departamentos a que la información de los clientes pase de forma
adecuada por los cuatro filtros señalados, que han de estar diseñados para dotar
de calidad y proporcionalidad la información pasiva y activa de los clientes.
Igualmente, la empresa ha de crear una estructura de control para el buen funcionamiento
del sistema.
La norma y los procedimientos en
relación con los clientes, utilizando la terminología de la legislación sobre
prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, son los
siguientes:
- NORMA: Política expresa de admisión de clientes
- PROCEDIMIENTOS: Medidas de diligencia debida
Y la estructura de control del
cumplimiento de la norma y los procedimientos será:
- El Órgano de Control Interno y Comunicación (OCIC), auxiliado por:
- El Servicio de prevención del blanqueo de capitales
- El Servicio de prevención del fraude
El OCIC es el Órgano responsable
de preparar el borrador de la política expresa de admisión de clientes y de las
reglas que obliguen a filtrar adecuadamente la información de las personas
físicas y jurídicas que quieran establecer relaciones de negocio u operar con la
empresa financiera.
Esta norma y las medidas de
diligencia debida, servirán para que todos
los empleados de la empresa procedan de forma homogeneizada durante la admisión
y el conocimiento de los clientes.
Las medidas de diligencia debida son
las siguientes:
- La identificación formal
- La identificación del titular real
- El conocimiento del propósito e índole de la relación de negocios
- El seguimiento continuo de la relación de negocios
Tanto para el borrador de la POLÍTICA EXPRESA DE ADMISIÓN DE CLIENTES, como
para el borrador de las MEDIDAS DE DILIGENCIA DEBIDA, el OCIC ha de tener en
cuenta en su trabajo no sólo la normativa sobre prevención del blanqueo de
capitales y de la financiación del terrorismo, sino también cualquier otra
normativa de obligado cumplimiento, así como los propios intereses de la empresa que
estarán manifestados en los documentos de su gobierno corporativo.
Pero al ser el OCIC un órgano
transversal con representación de altos directivos procedentes de diversas
áreas de negocio, gestión y cumplimiento, necesitará para este trabajo del apoyo
de algún departamento especializado, que
no puede ser en exclusiva el departamento AML de la empresa, puesto que los
riesgos a controlar son mucho más extensos que los derivados de la prevención
del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, siendo necesario el
apoyo de otro departamento también especializado, que en nuestro MODELO será el
de prevención del fraude, que para este trabajo estará dotado de unas funciones
muy específicas:
Una vez aprobados por la Alta dirección la POLÍTICA EXPRESA DE ADMISIÓN DE CLIENTES y
las directrices que regularán la
DILIGENCIA DEBIDA, será el OCIC
el responsable de su aplicación dentro de la empresa financiera.
Tanto el Servicio de Prevención
del Blanqueo de capitales, como el Servicio de Prevención del Fraude,
colaborarán con el OCIC en la fase de preparación de las normas y los
procedimientos, y posteriormente en su aplicación y en el control operativo de
su cumplimiento, al margen del trabajo específico de Auditoría.
El Departamento de Prevención del
Blanqueo, se centrará exclusivamente en su materia específica, mientras que el
Departamento de Prevención del Fraude, lo hará en lo que afecta a los restantes
intereses generales y de cumplimiento de la empresa.
Teniendo en cuenta este esquema
general, resulta claro que para la prevención del fraude de identidad, habrá
que cuidar especialmente la
identificación formal de los clientes, y la identificación de los titulares
reales en los casos en que ésta identificación sea necesaria.
Como la identificación de los
clientes es una función que está repartida entre todos los departamentos que
están en relación directa con ellos y
que ha de hacerse cuando se inician las relaciones de negocio y las operaciones,
el OCIC ha de establecer para todos estos departamentos unas reglas claras, y
en lo posible automatizables en los sistemas operativos, que eviten la entrada como clientes de
aquellas personas físicas y jurídicas que
no superen la política expresa de admisión de clientes, y aquellas otras que
permitan efectuar una adecuada identificación formal de los clientes, teniendo
en cuenta lo estudiado al respecto en temas anteriores, a saber:
- La identificación formal presencial, mediante la verificación de documentos fehacientes. (Tema 7)
- La identificación formal no presencial, mediante medidas reforzadas de diligencia debida. (Tema 8)
EL CONOCIMIENTO DE LOS CLIENTES
La prevención del fraude externo desde
su autoría, exige el CONOCIMIENTO DE LOS
CLIENTES, al margen de cualquier obligación de cumplimiento, y ello puede
conseguirse perfectamente utilizando el MODELO que nos ofrece la legislación de
prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, entendida
ésta con criterios más amplios que los puramente legales.
La SEGURIDAD de la base de datos
de clientes está bajo la responsabilidad del departamento de seguridad informática
de la empresa, que contará con diversas herramientas tecnológicas para buscar interrelaciones
de interés dentro de la información acumulada sobre los clientes.
El contenido de la BASE DE DATOS
DE CLIENTES debe estar disponible con ciertas limitaciones, tanto para el
negocio, como para el cumplimiento de determinadas obligaciones legales y
administrativas.
La disponibilidad y la seguridad
de la información resultan posibles porque dentro de las entidades financieras
existen plataformas tecnológicas denominadas SIEM, que constituyen el núcleo
operativo que almacena los datos históricos y de gestión necesarios para el
funcionamiento de las distintas aplicaciones que dan servicio a los
departamentos de dirección, de gestión y de cumplimiento.
Estas plataformas SIEM, o también
denominadas en los últimos años “BIG DATA”, no sólo almacenan los datos, sino
que facilitan su correlación a efectos operativos, por lo que su utilización
inteligente por toda la empresa puede repercutir en una mejora de la actividad
productiva y de cumplimiento.
Pero de nada vale la información
acumulada en la BASE DE DATOS DE CLIENTES, si ésta no tiene calidad, o los datos no son proporcionados
para las necesidades de la empresa, puesto que ésta estaría trabajando, o con
datos dudosos o con datos incompletos, o con datos innecesarios, incumpliendo así
con la legislación sobre protección de datos de carácter personal.
La prevención del fraude desde la
autoría se consigue mediante la calidad y proporcionalidad en los datos de los clientes,
siendo la norma y los procedimientos detallados
anteriormente los que permiten conseguir estos objetivos.
En la primera parte de este
estudio, me he centrado de forma detallada en el primer filtro de COMPROBACIÓN DE LA IDENTIDAD. En los temas
posteriores se irán detallando el funcionamiento de los restantes filtros:
- LA COMPROBACIÓN DE LA SOLVENCIA
- EL CONTROL DE LA OPERATIVA O COMPORTAMIENTO REAL DEL CLIENTE
- EL CONTRASTE ENTRE LA OPERATIVA REAL Y LA INFORMACIÓN PASIVA
En estos nuevos filtros, junto con las normas y
procedimientos, será necesaria una
compleja tecnología que permita su automatización y control.
COMENTARIO FINAL
Aunque ninguna empresa está libre
de sufrir engaños en la identificación de sus clientes puesto que los
defraudadores pueden presentar buenas falsificaciones, son tantas las medidas
de seguridad que tienen los documentos creados por el Estado, que con una
adecuada formación de los verificadores y unas mínimas herramientas
tecnológicas, muchos de estos fraudes de identidad podrían evitarse. Pero existen herramientas
tecnológicas en el mercado que pueden ayudar a las entidades financieras a
potenciar este control.
Con todo, en las relaciones y
operaciones no presenciales han de establecerse medidas reforzadas de diligencia debida, que
pasan por la creación de estructuras tecnológicas que permitan comprobar la
identidad a través de procedimientos indirectos.
El Servicio de Prevención del
Fraude tiene la especialización y las herramientas necesarias para filtrar la
información existente en la base de datos de clientes cuando surja alguna
alerta, y la experiencia necesaria para ofrecer al OCIC las claves para una
buena verificación de los documentos identificativos y para la prevención del
fraude de identidad.
Fabián Zambrano Viedma
Responsable del Servicio de Prevención del Fraude