Blog del Servicio de Prevención del Fraude

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martes, 14 de julio de 2015

Los fraudes de vendedores, agentes o intermediarios







Los clientes de la financiación del consumo no se relacionan directamente con las entidades financieras, sino con los comerciantes o vendedores, (intermediarios),  cuyo principal interés radica en la venta de los bienes o servicios que son  objeto de su negocio.

La financiación del consumo es una actividad que tiene como base la confianza de las entidades financieras en los intermediarios, puesto que son los que facilitan su contacto con los clientes para la contratación de las operaciones de financiación al consumo.

A su vez, las entidades financieras son instrumentos útiles para la actividad comercial de los vendedores o intermediarios, puesto que los créditos que conceden las primeras facilitan determinadas ventas a los segundos, que en ocasiones no serían factibles al contado, lo que permite también el acceso de muchos clientes a bienes y servicios que no podrían obtener sin la necesaria financiación.

Nos encontramos por tanto ante un triángulo de intereses no siempre coincidentes, que de alguna forma han de confluir para que no representen un riesgo para  la seguridad de los créditos que se conceden.

En esta entrada van a analizar los riesgos asociados a uno de los vértices de este triángulo, el de los vendedores, agentes o intermediarios.

Los “intermediarios-comerciantes” son uno de los elementos del negocio de la financiación al consumo, puesto que estos profesionales no sólo venden los bienes o servicios que son objeto de su actividad mercantil, sino que también venden los créditos necesarios para obtenerlos.

Este vértice puede representar un riesgo para la seguridad de la financiación del consumo, puesto que quedan en manos de los "intermediarios-comerciantes" las etapas más delicadas de la contratación: la comprobación de la identidad de los clientes y el primer control de las documentaciones de solvencia, lo que posibilita una vía para que alguno de ellos pueda defraudar.


ALGUNAS MODALIDADES DE FRAUDES COMETIDOS POR VENDEDORES, AGENTES O INTERMEDIARIOS:


Obtención de efectivo mediante operaciones crediticias sobre bienes no vendidos: 

Ésta es una forma rápida de financiación para momentos de crisis empresarial, en los que no resulta fácil la obtención de créditos personales o de empresa en bancos y cajas de ahorros. El problema de esta modalidad no es sólo la falsedad con la que han de ser documentadas estas  operaciones, sino que la generalización de las mismas por el empresario defraudador puede convertirse poco a poco en una pirámide fraudulenta con el resultado seguro de la victimización de varias financieras a la vez cuando la situación deudora resulte insostenible, puesto que los pagos de los créditos suelen solucionarse con la generación de nuevos créditos sobre bienes en stock, sobre otros bienes ya vendidos o hasta sobre mercancía inexistente.

Multiplicidad de financiaciones para un mismo bien: 

Modalidad similar a la anterior, pero en la que se utiliza la identidad y solvencia de clientes verdaderos que han acudido al vendedor para una operación de financiación. Con esta misma documentación el vendedor formaliza, sin conocimiento del cliente, nuevas operaciones de financiación sobre el mismo bien en otras financieras diferentes, procurando modificar aquellos datos que pudieran descubrir la falsedad, como por ejemplo el número de las cuentas en las que se han de domiciliar los pagos, que suelen ser cuentas controladas por el defraudador o por otras personas que colaboran con él. 

Al ser ésta una forma de financiación al margen de cualquier criterio de prudencia económica, lo normal es que nos encontremos en breve plazo con los mismos problemas piramidales referenciados en la modalidad anterior.

En ocasiones esta actividad fraudulenta la realizan empleados del establecimiento vendedor para financiar su excesivo ritmo de vida,  pudiendo ocurrir que todas las financiaciones fraudulentas las repercutan sobre el cliente, sin importarles las consecuencias futuras derivadas del descubrimiento de los hechos.

Negocio de préstamos personales

Algún vendedor puede caer en la tentación de compatibilizar su negocio con el de una banca paralela, facilitando dinero en efectivo a determinados clientes con el camuflaje de una operación de financiación. Una vez recibe el “vendedor” el dinero de la entidad financiera, lo entrega al cliente minorado en la comisión acordada entre las partes, obligándose el cliente al pago de la totalidad del crédito a la financiera.

Incremento del crédito sobre el bien financiado

En determinados bienes o servicios en los que los baremos de precios no están homologados por el mercado y por tanto pueden ser establecidos entre las partes con un margen diferencial, el “negocio” de préstamos personales del punto anterior puede ser compatibilizado por vendedores sin escrúpulos con la venta normal, incrementando las facturas, obteniendo así un doble beneficio: el propio de la venta y el de la comisión pactada con el cliente por la parte del dinero extra obtenido de la financiera.

Financiaciones con identidades falsas: 

La mayoría de las financiaciones fraudulentas con identidades falsas se producen sin la connivencia de los vendedores, unas veces por la escasa formación de los mismos en esta materia, otras por el poco cuidado que ponen en las comprobaciones y algunas hay, porque prefieren hacer la “vista gorda” antes de perder determinadas operaciones. 

Con todo, también pueden existir connivencias entre vendedores y defraudadores para operaciones financieras con identidades falsas, beneficiándose ambas partes con este tipo de fraudes, los vendedores por las ventas realizadas más las comisiones pactadas y los estafadores por la reventa posterior de los bienes a bajo precio.

Connivencia en operaciones financieras fraudulentas con utilización de testaferros: 

Es una modalidad delictiva que suele darse con frecuencia en las financiaciones de vehículos.

Cuando hay connivencia entre el vendedor y los estafadores, el testaferro no suele  aparecer para la firma del contrato de financiación, puesto que son los propios estafadores los que formalizan toda la documentación fuera del establecimiento comercial y los que preparan los justificantes falsos de solvencia. 

En los casos en  que para guardar las apariencias por ser el vendedor un empleado del comercio, deba comparecer el testaferro en el acto formal de la firma del contrato, procurarán  que éste pase en el establecimiento el mínimo tiempo posible para impedir así que se levanten susceptibilidades entre los restantes empleados o directivos.

Pueden darse casos de utilización de testaferros en los que no exista la connivencia expresa de los vendedores, pero sí una total falta de ética profesional de los mismos cuando en las operaciones se utilizan como testaferros a personas marginales a las que se les nota de forma manifiesta su insolvencia y hasta su deterioro físico a causa de la droga o el alcohol y,  se constata fácilmente que no son capaces de negociar por sí solos la compra del bien que pretenden financiar, necesitando en todo momento la intervención de  terceros para hablar en su nombre.

En todos estos casos, el testaferro recibe una pequeña cantidad de dinero por prestarse a este fraude y normalmente no reconoce a las personas que le han captado, indicando que ha sido engañado por las mismas. Los vehículos obtenidos son vendidos de forma inmediata a terceros “de buena fe”, o sacados del País por las organizaciones dedicadas al tráfico ilegal de vehículos.

Manipulación de datos para conseguir la aprobación de la operación: 

Esta es sin duda una de las modalidades más frecuentes de falsedad contra las entidades financieras por parte de algunos “vendedores” porque así afianzan sus propias ventas, que es en definitiva su objetivo esencial y por las que, en el caso de ser empleados del comercio, reciben parte de su sueldo a través de las comisiones establecidas.


Esta forma de fraude resulta posible cuando los vendedores comprueban, por la experiencia diaria, que no existe el debido control sobre el cumplimiento de las normas establecidas en los contratos de afiliación de los comercios con las entidades financieras

En los casos en los que los vendedores trabajan con varias financieras a la vez, los datos manipulados los derivan hacia aquellas entidades que tienen un control más laxo y por tanto las consideran más fáciles de engaño.